cerrar

¿Los stakeholders en los Consejos? ¡No, por favor!

Uno de los grandes retos de las Escuelas de Negocios es como evitar la tentación de las modas intelectuales.

Parece que “lo que se lleva” ahora es la “gestión de los grupos de interés”. De acuerdo con esta moda, cualquier empresa que se precie debe escuchar y contar con todos los grupos de interés, es decir: “con todos los individuos y grupos – en palabras de Ayuso y Argandoña -que contribuyen, ya sea voluntaria o involuntariamente, a su capacidad y sus actividades de creación de riqueza y que, por tanto, son sus beneficiarios y/ o portadores del riesgo potencial”.

Una vez se ha aceptado el discurso dominante sobre la RSE, la recomendación de los profesores de la Escuela de Negocios resulta muy lógica: la empresa del siglo XXI no puede estar centrada exclusivamente en aportar valor al accionista, hay otros grupos y realidades que conforman la empresa a los que hay que prestar atención (clientes, empleados, proveedores, comunidad, administración pública, etc.), luego resulta muy lógico que incorporemos al máximo órgano de gobierno a los representante de esos grupos.

Para empezar, no está nada claro que un Consejo con esa composición aporte más valor a la empresa. Y, además, ningún estudio podrá demostrar nunca, metodológicamente, esa correlación. Por tanto, las conclusiones y recomendaciones de los profesores del IESE no pasan de ser un “wishful thinking”, todo lo bien intencionado que se quiera, pero basadas más en una premisa “ideológica” que científica.

Seamos claros al respecto. El hecho de haya que escuchar a los “grupos de interés” es un tema muy diferente al de que éstos deban formar parte del Consejo de Administración. La selección de los miembros del Consejo debe estar basada fundamentalmente en criterios de competencia: las personas más idóneas para facilitar el cumplimiento de los objetivos que se haya marcado la empresa son las que deberían ser seleccionadas, con independencia de su adscripción a un grupo, género o partido.

Esas personas, si están bien elegidas, tendrán una visión integral de la empresa. En realidad, la recomendación séptima del Código Conthe ya recoge, con bastante acierto, gran parte de las prevenciones asociadas a la defensa del “interés social” por parte de los consejeros. Por tanto, no caigamos en las trampas de las modas, por favor.

1 Star2 Stars3 Stars4 Stars5 Stars (Sé el primero en votar)
Loading ... Loading ...

Deja tu comentario

Trackbacks

Añadir Trackback