Comité de Autorregulación y Comisión Mixta sobre contenidos televisivos e infancia

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HAZ4 marzo 2013

Por su falta de compromiso y eficacia en el control de contenidos audiovisuales en materia de protección de menores

Es un hecho que la regulación y autorregulación constituyen la principal palanca para implantar modelos responsables. Si además éstas van acompañadas de organismos que aseguren su correcta aplicación, existirán mayores garantías de éxito. En el caso de España es el propio sector, a través del Comité de Autorregulación, el que ha asumido esta responsabilidad de control del cumplimiento del Código de Autorregulación. El Código de Autorregulación sobre contenidos de televisión e infancia es un acuerdo suscrito en 2004 entre el Gobierno de España y las principales canales de televisión: TVE, Antena 3, Cuatro, Telecinco, la Sexta y Forta.

Los principios básicos de este Código se fundamentan en la propia Constitución española, que establece una protección específica para los derechos de la infancia. Las televisiones firmantes se comprometen a evitar en las franjas de protección horaria la emisión de contenidos inadecuados para los menores, incrementando, a la vez, la señalización de aquellos para facilitar el control parental, así como a «dar amplia difusión al código en el medio televisivo, en espacios de gran audiencia». La Comisión Mixta de Seguimiento se constituye como órgano asegurador del cumplimiento del código.

Pues bien, los datos de actividad de esta comisión ponen de manifiesto la escasa implantación que tienen tanto el código como la comisión en la sociedad española. La prueba más evidente de la irrelevancia del Comité de Autorregulación son los resultados de su actividad si los comparamos con el organismo similar del Reino Unido: la Oficina de Comunicación (Ofcom).

Mientras Ofcom hace unos informes semanales de quejas recibidas que presentan cifras superiores a 400 quejas semanales, la Comisión Mixta realiza un informe anual de quejas presentadas, que en el período comprendido entre el 9 de marzo de 2011 y la misma fecha de 2012 alcanzaron un total de 64 quejas, de las cuales sólo fueron finalmente aceptadas seis.

La ineficacia de este órgano de control tiene su causa en su viciado origen, pues son los propios representantes de las televisiones, en contra de cualquier criterio de independencia e imparcialidad, los responsables de valorar los posibles incumplimientos. A nadie puede extrañar tampoco el desconocimiento por parte de la audiencia española de la existencia de un código y un canal de denuncia cuando son las propias empresas audiovisuales las encargadas de difundirlo. Como cabía esperar, las compañías no han hecho ningún esfuerzo para hacerlo público y la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones ha preferido mirar hacia otro lado.

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