Derechos humanos y RSC, ¿de la mano?

Disfrutar de las ventajas de las nuevas tecnologías tiene un precio, desgraciadamente mucho más alto que el que cuesta un teléfono móvil. Así lo denuncia Amnistía Internacional en su último informe, en el que rastrea la venta del cobalto, utilizado en las baterías de iones de litio, que se extrae de minas donde trabajan en peligrosas condiciones niños de hasta tan sólo siete años, además de adultos.
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Gerardo Ríos22 enero 2016

Niños de hasta siete años trabajan entre 12 y 15 horas diarias y los mineros reciben salarios míseros por largas jornadas que les producen enfermedades, lesiones y muertes. Sólo entre septiembre de 2014 y diciembre de 2015 80 mineros perdieron la vida.

No es la primera vez que Amnistía Internacional denuncia graves violaciones de derechos humanos cometidas por empresas, en las que estas han tenido algún grado de complicidad o en las que no han ejercido su responsabilidad para evitar, o minimizar al menos, sus impactos más negativos.

La organización también pone de manifiesto que no se trata de abusos inevitables, pero que para acabar con ellos los estados deben cumplir con la legislación, o adoptar reformas legislativas que impidan que las empresas esquiven su responsabilidad.

Sin embargo, en la mayoría de los casos, las empresas implicadas se lavan las manos proclamándose entusiastas de la responsabilidad social corporativa (RSC), publican informes sobre sostenibilidad, filantropía, buenas prácticas y premios recibidos por su sensibilidad social. Destacan siempre que la RSC es, por esencia, voluntaria.

Es lo que pasa con Shell, que lleva 50 años destruyendo los cultivos y pesquerías de los Ogoni en el Delta del Níger; o con Barrick en Papúa Nueva Guinea que colaboró con la policía para arrasar aldeas y expulsar a los campesinos; con Trafigura que intoxicó a más de 100.000 personas, de las que trece fallecieron, en Abidjan con vertidos tóxicos, o es lo que pasa con las grandes empresas tecnológicas y fabricantes de automóviles como Apple, Microsoft, Samsung, Daimler y Volkswagen, que no vigilan sus cadenas de suministro y declaran que no pueden asegurar si el cobalto que se emplea en sus baterías de ión-litio no viene de las minas artesanales de la República Democrática del Congo.

Este es el último informe de Amnistía Internacional, en el que la organización también señala como otras empresas menos conocidas como Congo Dongfang Mining (CDM), filial en propiedad exclusiva del gigante chino del comercio de minerales Zhejiang Huayou Cobalt Ltd (Huayou Cobalt), son parte de esa cadena de suministro, así como otras empresas chinas y surcoreanas que fabrican componentes basados en cobalto.

El documento pone de manifiesto que hay graves incumplimientos del gobierno de la República Democrática del Congo (RDC) al no proteger a sus ciudadanos de importantes violaciones de derechos y por permitir la utilización de trabajo infantil en condiciones más que penosas, pese a los Convenios de la OIT sobre trabajo infantil que ha ratificado y a la propia legislación del país, que establece la obligatoriedad de la educación infantil.

Pero hay también responsabilidad de las empresas que, de acuerdo con los Principios Rectores de Naciones Unidas, tienen que vigilar sus cadenas de suministro con procedimientos de debida diligencia. Las empresas no pueden mirar hacia otra parte mientras publican informes de sostenibilidad y compromisos, que en algunos casos no existe una política de verificación de los mismos.

Amnistía Internacional promueve la exigencia por ley de procedimientos de diligencia debida en todos los proyectos susceptibles de tener impactos medioambientales o sociales, y reclama que los procesos de diligencia debida, basándose por ejemplo en el que ha publicado la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos para el sector minero, sean exigidos legalmente a las empresas en los diferentes países.

La RSC puede ser, y posiblemente es, positiva, pero claramente no es suficiente. La voluntariedad, la falta de verificación, convierten en demasiadas ocasiones la RSC en un ejercicio de comunicación pública insuficiente para modificar políticas internas de las empresas.

La responsabilidad de las empresas por sus impactos en cualquier parte del mundo en que operen, debe estar claramente recogida y definida en la legislación, porque es, además, la única forma de alcanzar la reparación efectiva de las víctimas.

Las vidas, la salud, los bienes perdidos no se reponen con RSC; hace falta normativa que exija que las empresas respeten los derechos humanos, hacen falta tribunales que acepten las causas y las investiguen, que impongan sanciones en los casos en los que exista una violación de derechos humanos y aseguren la reparación y la no repetición. Es lo menos que podemos reclamar para las víctimas.

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