Los pormenores de la Ley de RSC Valenciana

Fruto de un año de trabajo de la recién creada Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social y Participación y Cooperación de la Generalitat Valenciana, se acaba de presentar el Anteproyecto de Ley para el Fomento de la Responsabilidad Social a debate público, en el que cualquier persona puede participar a través de su portal web.

El documento parte de una serie de conceptos básicos: la definición de RSE según el Libro Verde de la Comisión Europea, la Ley de Economía Sostenible, la Ley de Transparencia, Buen Gobierno y Participación, etc.

Sin embargo, prefiere optar por una definición de responsabilidad social propia: “Conjunto de compromisos de diverso orden, económico, social y ambiental adoptados por las empresas, las organizaciones e instituciones públicas y privadas, que constituyen un valor añadido al cumplimiento de la legislación aplicable y de los convenios colectivos, contribuyendo a la vez al progreso social y económico en el marco de un desarrollo sostenible”.

Entrando ya en materia, el primer apartado es el dedicado al fomento y planificación de la RSE. En este aspecto el anteproyecto de ley no parece desarrollar ninguna acción concreta susceptible de ser regulada, como se espera de una ley. Se habla sin embargo de “desarrollar campañas informativas sobre qué es la RSE”; de la “incorporación de la RSE en los programas formativos de la educación obligatoria”, algo muy interesante pero sobre lo que no se detalla más al respecto, o de “información dirigida a los consumidores sobre el consumo cívico o responsable”.

Este primer título se completa con otra serie de artículos inicialmente superficiales sobre el fomento del turismo sostenible, la promoción de la utilización del etiquetado que acredite la RSE (cuestión que no parece que pueda depender de una administración local), las políticas inclusivas o la responsabilidad social en el empleo.

El título segundo es el dedicado a la responsabilidad social en las administraciones públicas.

Llama la atención la frase “la Administración está sujeta a la Ley y al Derecho como disponen los artículos 9.1 y 103.1 de la Constitución Española, y debe ser por ello ante todo legalmente responsable, pero nada impide que en aquellos ámbitos de la acción pública en los que no sufra el principio de legalidad, las Administraciones Públicas y sus Entes Institucionales hagan suyos también las exigencias de la responsabilidad social”.

Es un tema recurrente, tanto en las exposiciones públicas de los responsables del anteproyecto de ley como en el texto escrito hacer referencia a estas supuestas posibles “incompatibilidades” entre la ley y la responsabilidad social.

Este apartado es algo más concreto y destaca el aspecto que tiene que ver con el uso de la “contratación pública como instrumento estratégico para incorporar criterios sociales, ambientales, éticos […] en los pliegos de contratación”.

A este respecto el anteproyecto de ley recoge la forma de la “reserva”. Así establece “que los órganos de contratación reservarán la participación en el proceso de adjudicación de determinados contratos de obras, suministros y servicios a centros especiales de empleo, empresas de inserción y entidades sin ánimo de lucro, cuyo objetivo principal sea apoyar la integración social y profesional o la reintegración de personas con diversidad funcional”. Aunque todavía no se detalla la cantidad de reserva ni los criterios a tener en cuenta para la concurrencia.

La reserva es una figura interesante, pero lo que viene a hacer es precisamente, valga la redundancia, “reservar” una pequeña partida para empresas con impacto social, pero no premiar por encima de las demás los comportamientos responsables de las empresas ordinarias.

Otros matices que me preocupan en este sentido es una frase que se repite varias veces: “Siempre que sea posible”. Es razonable, pero sería bueno saber a qué se refieren con ello. Por ejemplo, ¿se tendrá en cuenta un mayor precio en empresas con mejor impacto social y medioambiental a la hora de concurrir?

Es competencia de este apartado también la obligatoriedad de las Administraciones Públicas de rendir cuentas con una Memoria de RSE. En este caso no queda claro si todas las administraciones locales valencianas tendrán esa obligatoriedad o sólo la Conselleria de Transparencia. A pesar de que el propio documento recoge que esto ya es una obligatoriedad según la exigencia de la Ley de Economía Sostenible. Por lo que esta Ley no haría más que cumplir con aquella otra.

El ámbito de aplicación de este apartado incluye a las universidades públicas valencianas y todas las entidades vinculadas o dependientes del sector público, pero el anteproyecto de ley no es claro y contundente sobre si tendrá esta exigencia de rendición de cuentas con todos estos organismos públicos.

Una de las pocas “obligaciones” que aparecen en el documento (paradójicamente, tratándose de una futura ley) es la muy acertada obligación de las empresas licitadoras de comprometerse con “criterios de equidad y transparencia fiscal”, “prohibiéndose expresamente la utilización de domicilios y por consiguiente tributación en algún país de la lista de paraísos fiscales”.

Asimismo la obligación de indicar el convenio colectivo que rige a los trabajadores y trabajadoras y abonar el salario recogido en el mismo. Aquí la dificultad estribará en cómo ser conocedor de si las empresas tienen fondos en esos paraísos fiscales y los controles sobre el cumplimiento de los convenios colectivos.

La parte más interesante del documento, a mi parecer, es el final del mismo, donde se apuntan tres cosas que van a ser vitales para un verdadero avance de la RSE en la Comunitat Valenciana: la creación del Plan Valenciano de Responsabilidad Social, la creación del Consejo Valenciano de RSE, y el Observatorio Valenciano de la RSE.

En definitiva, una muy buena declaración de intenciones para empezar con temas recurrentes -ya aparecidos en otras comunidades- como un sello de empresa responsable, la necesidad de una certificación específica para obtenerlo y de certificadores habilitados; un registro de empresas valencianas socialmente responsables, y, todavía más allá, una red de municipios socialmente responsables.

Cuestiones algunas costosas económicamente y otras difíciles de implementar, y que en este anteproyecto de ley no se atisba por dónde irán canalizadas ni si habrá presupuesto necesario para llevarlas adelante.

En definitiva, un anteproyecto de ley que supone un primer paso, aunque quizá demasiado ambicioso, del que habrá que esperar a su implantación real para ver resultados. Seguiremos informando.

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