El paro del autónomo, ese gran desconocido

En España hay 3,1 millones de trabajadores por cuenta propia, pero apenas 640.000 cotizan por cese de actividad, cinco años después de la entrada en vigor de su marco regulatorio. ¿Por qué tan pocos? Aunque la teoría parece sencilla, la realidad muestra que muy pocos de los solicitantes consigue que se le apruebe.

En España hay casi 3,1 millones de personas dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Una especie que, lejos de estar en peligro de extinción, ha aumentado sensiblemente en los últimos años: desde enero de 2013, cuando el número de afiliados estaba por debajo de los 3 millones, se han adherido al RETA cerca de 300.000 personas. Y es que la falta de movimiento en el mercado de trabajo ha empujado a muchos a arriesgar y a montar su propio negocio.

Pero también ha obligado a otros tantos a dar por perdida su idea de negocio en mitad de la tormenta (o sea, durante la crisis) y a encontrarse sin trabajo y sin ningún tipo de prestación económica para salir adelante. Según datos del Ministerio de Empleo, de los que estaban dados de alta en los inicios de la crisis, prácticamente el 44% se quedó en el camino. En bastantes ocasiones, por culpa de la morosidad, y más concretamente de los retrasos en los pagos de las grandes empresas y de las administraciones públicas, un mantra denunciado por la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA) durante los últimos cinco años.

Precisamente fue a finales de 2010 cuando entró en vigor la normativa que regulaba el llamado paro de los autónomos, una medida que los trabajadores por cuenta propia llevaban demandando desde el principio de los tiempos, y que se aplaudió a lo largo y ancho de las fronteras españolas. La idea que se transmitió fue la de que, ampliando ligeramente las cotizaciones mensuales (un 2,2% que, por aquel entonces, fue obligatorio para aquellos que cotizaban por contingencias comunes), el trabajador podría optar a una prestación por cese de actividad cuando su negocio dejase de funcionar.

Eso sí, siempre y cuando cumpliese una serie de requisitos, a priori, lógicos: estar dado de alta en el RETA en el momento de echar el cierre y estar al corriente de pagos con la Seguridad Social; haber cotizado por cese de actividad, al menos, doce meses continuados durante los cuatro años anteriores al paro; comprometerse a la búsqueda activa de empleo, de cursos de formación, etc.; no haber cumplido la edad de jubilación. Y, lo más importante, encontrarse en situación legal de cese de actividad.

La teoría parece lógica y sencilla pero, ¿qué se está viviendo en la realidad? Apenas son 640.000 los afiliados que cotizan para tener paro, y es que esta última premisa, la de encontrarse en situación legal de cese de actividad, es la que está sirviendo al Estado para denegar muchas de las solicitudes de prestación. Concretamente el 80% desde que se dieran las primeras solicitudes en el año 2012.

Para cumplir ese requisito hay que demostrar, por ejemplo, que existan pérdidas durante un año completo superiores al 10% de los ingresos obtenidos en el ejercicio anterior. “Si ya me cuesta vivir con lo que gano, ¿cómo podría sobrevivir aguantando todo un año con un 10% menos?”, comenta Miguel, diseñador gráfico, que no tiene ningún interés en cotizar por cese de actividad mientras se mantenga la normativa actual.

“Es mucho más sencillo que te concedan la situación legal de cese de actividad si te divorcias o si eres víctima de violencia de género que si has perdido clientes y tu negocio se va a pique”, comenta Aurora, una fotógrafa a la que se ha denegado la prestación. Ella empezó a cotizar desde el minuto cero, en cuanto se aprobó la normativa. Su último año laboral se ha visto afectado por un embarazo de riesgo, un parto complicado y una baja por maternidad de 16 semanas que se está ampliando forzosamente por la falta de clientes.

Su caso, relativamente peculiar, parecía único en el mundo de cara a su mutua y a la Seguridad Social. “Estuve dando tumbos de una oficina a otra, haciendo papeles aquí y allá, dándome de baja, luego de alta… nadie supo explicarme concretamente cómo lo tenía que hacer, sólo me remitían a la ley”. Tras mucha burocracia, recibió la noticia de que no podía optar a la prestación. El motivo: haber registrado ingresos de las diferentes bajas cursadas a lo largo del ejercicio.

También es habitual encontrar asesorías y gestorías que desaconsejan a los autónomos cotizar por cese de actividad. Y todas alegan el mismo motivo: se ingresa menos a fin de mes y la probabilidad de que la concedan en caso de necesidad es muy pequeña.

¿No sería más rentable para la Administración Pública facilitar esos trámites y conseguir que el acceso de los trabajadores por cuenta propia a esa ayuda por cese de actividad fuese más realista? Si los 3,1 millones de trabajadores de este sector pagasen cerca de un 2% más en sus cotizaciones mensuales, se recaudarían, como mínimo, 220 millones de euros al año. Una cifra ciertamente razonable.

Además, no olvidemos que la mayoría de los autónomos tienen prendida la mecha del emprendimiento en su fuero interno, y que muchos de ellos emplearían su prestación en montar un nuevo negocio, fomentando nuevos flujos de inversión. La economía en constante movimiento. ¿Por qué no intentarlo?

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