Nuevas formas de esclavitud en el deporte rey: la propiedad de terceros en el fútbol

La reciente prohibición en el fútbol de la “propiedad de terceros”, o TPO por sus siglas en inglés (third party ownership), es una respuesta a los desequilibrios económicos en el deporte rey. El fútbol siempre ha sido un negocio complicado, no en vano sólo puede ganar uno de los equipos en liza y los equipos más ricos son los únicos con capacidad para fichar en el mercado a las grandes estrellas.
HAZ18 noviembre 2015

La TPO es un mecanismo financiero en virtud del cual una entidad o particular accede a financiar a un club a cambio de hacerse con un porcentaje de los derechos de traspaso del jugador. Este mecanismo permite a los clubs más modestos pujar por jugadores de calidad que, en otro caso, se encentrarían muy por encima de su capacidad económica y así estar en condiciones de competir a un nivel más alto. En la mayoría de estos casos si el club acudiese a un banco para intentar financiar el fichaje, lo más probable es que la entidad financiera no le aprobase el préstamo.

La Premier League inglesa prohibió la TPO al comenzar la temporada 2008/2009 cuando llegó a su conocimiento la existencia de un contrato en virtud del cual un tercero podía forzar al club West Ham United a vender a los jugadores Carlos Tevez y Javier Mascherano si recibía una oferta atractiva. Al West Ham se le impuso una multa considerable por ocultar documentación relevante a la Premier League. Poco después Francia y Polonia prohibieron también la TPO.

La TPO, sin embargo, sigue siendo legal en España, Portugal y Latinoamérica. Quizás el ejemplo más conocido sea el caso de Neymar. Cuando el jugador brasileño del Santos fichó por el Barcelona en mayo de 2013, el 45% de sus derechos de traspaso estaban en manos de terceros: el 40% correspondía a una empresa propiedad de dos ricos brasileños y el 5% restante a otro grupo de inversores.

Un estudio encargado a KPMG por la Asociación de Clubs Europeos estima que el valor de los jugadores sujetos a “propiedad de terceros” supone entre un 27% y un 36% del valor de mercado de los jugadores de la liga portuguesa.

Después de un intenso debate y una fuerte oposición por parte de la UEFA, la FIFA acordó prohibir en todo el mundo la práctica de la TPO a partir del 1 de mayo de 2015. En la actualidad hay varias iniciativas para tratar de ignorar la ley o buscar subterfugios para no cumplirla.

Desde el punto de vista de la legislación laboral los contratos de los jugadores de fútbol son muy anómalos, pues no permiten al empleado (jugador) moverse libremente de un empleador a otro. La TPO es incluso más restrictiva pues existe una cláusula en el contrato que puede forzar al club a traspasar al jugador sin tener en cuenta sus deseos. Los aspectos contractuales deberían ser uno de los elementos más importantes a considerar cuando se analiza la validez de la TPO, pero con frecuencia son ignorados.

Algunas personas, entre las que se incluye el presidente de la UEFA, Michel Platini, han denominado a la TPO una “nueva forma de esclavitud”. Merece la pena llamar la atención que el gobierno británico aprobó este año la Modern Slavery Act que entró en vigor en octubre de 2015 y cuya primera finalidad es erradicar el tráfico y la esclavitud en la “cadena de aprovisionamiento” de jugadores. Esta ley se limita a aplicar la directiva europea 2011/36/EU por lo que es previsible que otros países sigan el mismo camino.

Como muchos clubs de fútbol ingleses son sociedades anónimas están sujetos a las exigencias de la Ley y deben informar anualmente de las medidas que están tomando para impedir el tráfico y la esclavitud de jugadores, incluyendo información sobre sus políticas, las medidas para mitigar los riesgos y las acciones de formación en estas materias.

Existen fuertes argumentos en contra de la TPO. Por una parte está el potencial conflicto de intereses entre el jugador y el inversor. El inversor tiene un incentivo económico para forzar la venta del jugador antes de que este termine su contrato si la oferta es atractiva. La consecuencia inevitable de esta situación es una inestabilidad contractual importante. Existe un riesgo real de que los clubs de fútbol puedan llegar a depender en exceso de los financiadores externos, cuyos objetivos a corto plazo presionarán a los jugadores y sus clubes exponiéndoles a la explotación por parte de inversores ansiosos de asegurar sus ganancias.

La transparencia es también una cuestión crítica: los jugadores no siempre son conscientes de que sus derechos económicos se han transferido. Por otra parte, los directivos, propietarios, empleados y aficionados de los clubes rivales podrían tener acciones en estos fondos de inversión TPO.

Los defensores de la TPO, entre los que se encuentran los representantes de la Liga de España, alegan que la TPO, en muchos casos, es la única forma de atraer la inversión y facilitar que los clubes y ligas puedan competir en las grandes competiciones (mercados) mundiales. La participación de inversores externos ayuda a disminuir algunos de los riesgos comerciales asociados a la compra de un jugador.

En teoría, los clubes que han recibido inversiones externas tienen más capacidad para retener durante más tiempo a un jugador joven con talento en lugar de tener que venderlo urgentemente cuando tienen problemas de liquidez. En cuanto a la supuesta incertidumbre o inestabilidad contractual, sostienen que hay otros problemas de inestabilidad más graves en el fútbol, como el hecho de que los jugadores no cobren a final de mes o que los clubes se declaren insolventes.

Los defensores de la TPO argumentan que en lugar de prohibirse debería regularse, por ejemplo exigiendo que se publiquen los nombres de las personas o instituciones que se benefician de las inversiones.

¿Qué depara el futuro?

Se ha acordado un régimen transitorio para que los contratos de TPO firmados antes de que se aprobase la prohibición sigan su curso. Por tanto, transcurrirán al menos un par de años antes de los contratos de TPO expiren.

Recientemente, una reclamación de un fondo de inversión sobre un TPO fue derrotada en los tribunales belgas en julio de este año. Las ligas de fútbol de España y Portugal están preparando una queja a la Comisión Europea por la prohibición de la TPO, con el argumento de que infringe las reglas y regulaciones de la competencia en materia de libre circulación de capitales y mano de obra.

El 2 de julio de 2015, la Comisión Nacional de los Mercados y La Competencia (CNMC) de España publicó un informe en el que cuestiona la prohibición total de la TPO de acuerdo con la legislación comunitaria. Sin embargo, la respuesta común de la UEFA y la FIFA (a pesar de las diferencias que ambas mantienen) vaticina que cualquier intento de revocar la prohibición llevará mucho tiempo.

Una reclamación legal completamente diferente pero relevante fue presentada ante la Comisión Europea en septiembre de 2015 por el sindicato de jugadores FIFPro, cuestionando el actual sistema de mercado global de transferencia y afirmando que es “contrario a la competencia, injustificado e ilegal”. Si el caso tiene éxito, podría tener un impacto dramático en los contratos de los jugadores y el mercado de fichajes de fútbol.

Está claro que los contratos laborales de los futbolistas son muy diferentes del régimen general. Mientras que los medios de comunicación y la opinión pública centran su atención en el reducido grupo de estrellas muy bien pagadas, la mayoría de los jugadores profesionales en España, como en Europa y el resto del mundo, cobran un salario modesto y están sometidos a un alto grado de incertidumbre. Sería muy deseable que las futuras modificaciones contractuales tengan plenamente en cuenta sus derechos humanos como empleados.

El deporte rey ha adoptado una posición firme contra el racismo. La esclavitud moderna no tiene cabida en el fútbol y, sin duda, ya ha llegado el momento de expulsarla definitivamente del campo de juego.

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