Cepyme reclama control de transparencia en la contratación entre empresarios

La Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa pide la modificación de la Ley de condiciones generales de la contratación.
HAZ21 diciembre 2016
<p>Antonio Garamendi, presidente de Cepyme</p>

Antonio Garamendi, presidente de Cepyme

La Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (Cepyme) considera imprescindible la aplicación del control de transparencia en la contratación entre empresarios y, en este sentido, considera necesaria la modificación de la Ley de condiciones generales de la contratación, de manera que reconozca la aplicación del principio de transparencia en las relaciones contractuales de las pymes y en su relación con las empresas proveedoras.

Igualmente, Cepyme presentará a los grupos parlamentarios un documento de propuesta de enmiendas a la Ley de contratos del sector público, actualmente en fase de tramitación, con el objetivo de incluir en la misma la aplicación de estos principios de transparencia en el ámbito general de la contratación pública y que las Administraciones Públicas garanticen la aplicación de los mismos en las relaciones que se establecen entre contratistas y pymes suministradoras o subcontratistas de estas empresas.

La contratación bajo condiciones generales constituye uno de los sectores básicos del sistema económico, con una incidencia notoria en la ciudadanía en general y en las empresas en particular, explica la Confederación en nota de prensa. De ahí la importancia de la aplicación del principio de transparencia en la contratación, pues su incidencia comprende el conjunto de los bienes jurídicos e intereses que son objeto de tutela.

Por ello Cepyme propone la modificación de la Ley de condiciones generales de la contratación, y de la Ley de contratos del sector público para establecer expresamente la aplicación extensiva del control de transparencia, como control de legalidad, en el ámbito de la contratación entre empresarios, respecto del pequeño y mediano empresario que actúe como contratante, sin posibilidad de negociación, en la contratación de bienes y servicios con otra empresa proveedora.

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